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Prestación por Incapacidad Temporal derivada de Contingencias Comunes

La cuantía de la prestación por Incapacidad Temporal derivada de Contingencias Comunes será del 60% de la base reguladora, desde el día 4º al 20º (ambos inclusive) a partir de la fecha de baja, y del 75% desde el día 21º hasta la fecha de extinción de la prestación.

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